Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Obras en vivienda

Se permiten las obras y reparaciones domésticas que se realicen en el interior de las viviendas siempre que tengan lugar entre las 8:00 y las 22:00 h. (art. 44 de la Ordenanza de Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones).

Obras/maquinaria en vía pública

Los trabajos realizados en la vía pública y en las obras de urbanización y edificación se ajustarán al horario de trabajo comprendido entre las 8:00 y las 22:00 h., de lunes a domingo. No se podrán emplear máquinas de uso al aire libre cuyo nivel de emisión medido a 5 m. sea superior a 90 dBA (art. 42 de la Ordenanza de Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones).

Instrumentos

  • Se permite el uso de instrumentos en vivienda debe realizarse en el tramo horario entre las 8:00 y las 22:00 h. (art. 45 de la Ordenanza de Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones).
  • En la vía pública y otras zonas de concurrencia pública, no se podrán realizar actividades como cantar, proferir gritos, hacer funcionar aparatos de radio, televisores, instrumentos o equipos musicales, mensajes publicitarios, altavoces independientes o dentro de vehículos, etc. La Policía Local podrá determinar la paralización inmediata de dicha actividad o precintado del aparato del que procediera el foco emisor (art. 41.2 de la Ordenanza de Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones). Vía Pública emite carta de pago por la incautación del instrumento. En la policía se entrega justificante de pago para retirar el instrumento.

Humos y olores

Todas las instalaciones que emiten humos, vahos, vapores y otros efluentes contaminantes, cualquiera que sea su origen, deberán evacuarse al exterior mediante conductos o chimeneas, en las condiciones y características prescritas en la “Ordenanza frente a la contaminación atmosférica” (art. 15).

Barbacoas

En la “Ordenanza frente a la contaminación atmosférica” en los arts. 5, 7 y 13 se refleja que está prohibido; no obstante, se pueden hacer en sitios/instalaciones habilitados para ello. Para moragas hay que dirigirse al Área de Servicios Operativos, Régimen Interior, Playas y Fiestas (“Ordenanza de uso y disfrute de las playas término municipal de Málaga”, art. 19). Teléfono: 951 926 914.

Carga y descarga

Se prohíben las actividades de carga y descarga de mercancías, manipulación de cajas y objetos entre las 22:00 y las 7:00 h. (art. 43 de la Ordenanza de Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones).

 

Calificación ambiental

Para el inicio del expediente de la Calificación Ambiental se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud correctamente cumplimentado, determinando claramente el epígrafe según el Anexo I de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de la actividad que se desea calificar.
  • Informe Urbanístico de Viabilidad de uso. (No se considerará como válida la solicitud de petición del informe urbanístico).
  • Documentación Técnica de la Calificación Ambiental.
  • Permiso de Vertido de EMASA, en caso de que la actividad lo requiera (art. 65, Ciclo integral del Agua).
  • Valoración de impacto en la salud pública, en caso de que la actividad lo requiera (Anexo 1 del Decreto 169/2014 del 9 de octubre por el que se establece el procedimiento de la evaluación del impacto en la salud pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

En caso de que la documentación esté incompleta, se concederá un  plazo de 10 días para subsanar.  Pasado ese plazo sin subsanación, se producirá la caducidad y archivo del expediente.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 16 del Decreto 297/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, el plazo máximo para resolver las solicitudes de Calificación Ambiental será de 3 meses contados a partir de la fecha de presentación correcta y completa de la documentación exigida.

Limitadores acústicos

Aquellos locales que dispongan de equipo de reproducción musical o audiovisual en los que los niveles de emisión sonora pudieran ser manipulados directa o indirectamente, se instalará un equipo limitador-controlador para asegurar que se cumplen los niveles de emisión al exterior exigidos en “Ordenanza para la prevención y control de ruidos y vibraciones” (art. 24).

Permisos

Trabajos Nocturnos:

El tenor literal del art. 42.2 de la actual Ordenanza Municipal para la Prevención y Control del ruido y Vibraciones:

“El horario de trabajo será el comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas. Se exceptúan de la prohibición de trabajar en horas nocturnas las obras consideradas urgentes. Previamente deberá ser autorizada expresamente por la Autoridad Municipal, que determinará las condiciones de protección acústica, así como los límites sonoros que deberán cumplir en función de la zona donde se realicen las obras.

Así mismo, el art. 41, “Fuentes sonoras en la vía pública”, del Decreto 6/2012 que aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, establece:

“La Administración competente podrá Autorizar con carácter temporal y extraordinario, previa solicitud y valoración de su incidencia acústica, la realización de obras de reconocida urgencia o que deban realizarse forzosamente durante el periodo nocturno, aun cuando superen los límites establecidos en el Reglamento. Esta autorización contemplará medidas tendentes a la minimización de la incidencia acústica de las citadas obras”.

Para ello se deberá presentarse por escrito con un mínimo de 10 días de antelación a la fecha prevista, justificarse la necesidad de la autorización excepcional y  acompañar la documentación con la licencia de obras en vigor.

Licencia para la Tenencia de Animales potencialmente peligrosos

Para obtener la licencia se presentará la correspondiente solicitud en modelo oficial, declarando a su vez estar empadronado en el municipio de Málaga y no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves (Declaración Responsable), acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Acreditación de ser mayor de edad (presentando DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia).
  • Carecer de los antecedentes penales establecidos en el Decreto 43/2008 (Certificado tramitado de oficio por el Ayuntamiento).
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
  • Informe expedido por la compañía aseguradora. (Póliza del seguro del animal).
  • Justificante de pago del seguro de responsabilidad civil. “Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales” (art. 18).

Inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos

 Para inscribir a los animales potencialmente peligrosos se presentará la correspondiente solicitud en modelo oficial, declarando a su vez el cumplimiento de los requisitos relativos a las medidas de seguridad en instalaciones o zonas privadas, establecidas en las Ordenanzas Municipales, acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Acreditación de estar en posesión de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos en el caso de haberla obtenido en otro municipio.
  • Acreditación de la cartilla sanitaria del animal actualizada (vacunas obligatorias: rabia y equinococosis).
  • Acreditación de la identificación animal mediante microchip.
  • Certificado de sanidad animal (este documento debe ser expedido por un veterinario).
  • Certificado, en su caso, de esterilización del animal.

Ruidos animales

Está prohibido perturbar la vida de los vecinos con ruidos emitidos por los animales, especialmente desde las 22:00 hasta las 8:00 h. “Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales”, art. 10). (Se rellenará instancia de denuncia por presencia de plagas y molestias ocasionadas por animales).

Recogida animales

  • Los animales que se encuentren abandonados o perdidos, es decir, aquellos que no lleven acreditación que los identifiquen ni vayan acompañados de persona alguna, serán recogidos y trasladados al Centro Zoosanitario Municipal. Los propietarios tendrán 10 días para recuperarlos. Teléfono: 951 929 490. “Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales” (art. 23).
  • Cuando se trate de una especie protegida, como los murciélagos, deberán dirigirse a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Teléfonos: 902 484 802 – 954 544 438.

Comida animales vía pública

 Por razones de salud pública y protección del medio ambiente urbano, se prohíbe el suministro de alimentos a animales vagabundos o abandonados y a cualquier otro, en especial a las palomas urbanas, en los espacios públicos, así como en cualesquiera otros lugares, tales como solares o inmuebles, cuando, en este último caso, pudiera convertir los mismos en focos de insalubridad o generar suciedad o molestias. “Ordenanza para a Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad de Málaga” (art. 19). (Se rellenará instancia de denuncia por presencia de plagas y molestias ocasionadas por animales.

Establecimientos tenencia de animales

Tendrán la consideración de centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los animales de compañía, los albergues, clínicas y hospitales veterinarios, residencias, criaderos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros de estética y cualesquiera otros que cumplan análogas funciones. Requisitos: “Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales” (art. 26 en adelante).

Insalubridad Solares

En situaciones de insalubridad por presencia de plagas que afecten a la salud pública en solares que sean de propiedad privada se deberá presentar denuncia por escrito. “Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización Sanitaria” y “Ordenanza Municipal de Conservación e Inspección Técnica de Edificaciones”. (Se rellenará instancia de denuncia por presencia de plagas y molestias ocasionadas por animales).

Control de plagas

Los tratamientos se realizan solamente en presencia de plagas que afecten a la salud pública (ratas, ratones, cucarachas, pulgas, garrapatas, moscas, mosquitos, abejas, avispas) y sólo en vía pública, dependencias municipale solares municipales. Para espacios privados se deberá presentar denuncia por escrito y se entregará la misma en ventanilla. Las peticiones se realizarán llamando al teléfono 900 900 000 o mediante instancia de solicitud de control de plagas de incidencia en la salud pública y aves urbanas.

Piscinas

Comunicación previa de apertura de piscinas de uso público o aquellas de uso privado pertenecientes a comunidades de propietarios a partir de 20 viviendas, de nueva construcción o reformadas, para su control higiénico-sanitario.

Procedimiento por el que el titular de la piscina comunica la apertura de la misma a la autoridad competente, antes de su entrada en funcionamiento tras las obras de construcción o reforma de la misma tras haber obtenido la correspondiente Licencia de Obras de la Gerencia Municipal de Urbanismo y el Informe Sanitario favorable sobre el proyecto de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, con declaración responsable del cumplimiento de la legislación vigente.

¿Quién lo puede solicitar?

El titular de la piscina o aquellas personas que, en su caso, representan a la titularidad.

Fecha de solicitud: Con anterioridad a la fecha prevista de apertura al público. 

Documentación necesaria:

Registro de: “Comunicación piscinas de uso público o uso privado de nueva construcción o reformadas”  debidamente cumplimentado, aportado por sede electrónica municipal.

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas. 
  • Decreto 485/2019, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico-Sanitario de las Piscinas en Andalucía.

Diógenes

Debe comunicarse en las Juntas Municipales de Distrito correspondientes.

EXPTE. 46/2021 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE DE LA CIUDAD DE MÁLAGA

  • LOTE Nº1: Espacios ajardinados y arbolado viario situados en los jardines históricos y emblemáticos de la ciudad de Málaga. Dichos espacios verdes se concentran en los distritos municipales nº1 (Málaga Centro) y nº6 (Cruz de Humilladero), a excepción del jardín histórico (Finca La Cónsula) que se ubica en el distrito municipal nº8 (Churriana), reciben un tratamiento diferenciado en su conservación con respecto al resto de zonas, debido a su riqueza, singularidad, antigüedad e importancia botánica y monumental. Se puede consultar el ámbito de actuación del lote en el plano publicado. Empresa Adjudicataria: GRUPO RAGA.

 

Línea de atención al usuario para notificación de incidencias: 900 - 100806.

  • LOTE Nº2: Espacios ajardinados y arbolado viario situados en los distritos municipales Málaga Centro (Distrito nº1, excluidos los jardines históricos y emblemáticos), Málaga Este (Distrito nº2), Ciudad Jardín (Distrito nº3) y Palma-Palmilla (Distrito nº5), salvo las zonas verdes con la consideración de Jardines Históricos y Emblemáticos incluidos en el lote nº 1. Están incluidas las zonas verdes de los Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Permanente y edificios oficiales municipales ubicados dentro de esos distritos. Se puede consultar el ámbito de actuación del lote en el plano publicado. Empresa Adjudicataria: TALHER, S.A.

 

Línea de atención al usuario para notificación de incidencias: 900 – 052281.

  • LOTE Nº3: Espacios ajardinados y arbolado viario situados en los distritos municipales Bailén Miraflores (Distrito nº4), Cruz de Humilladero (Distrito nº6) y Teatinos-Universidad (Distrito nº11), salvo las zonas verdes con la consideración de Jardines Históricos y Emblemáticos incluidos en el lote nº 1. Están incluidas las zonas verdes de los Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Permanente y edificios oficiales municipales ubicados dentro de esos distritos. Se puede consultar el ámbito de actuación del lote en el plano publicado. Empresa Adjudicataria: ALTHENIA, S.L,

 

Línea de atención al usuario para notificación de incidencias: 900 – 922580.

  • LOTE Nº4: Espacios ajardinados y arbolado viario situados en los distritos municipales Carretera de Cádiz (Distrito nº7), Churriana (Distrito nº8), Campanillas (Distrito nº9) y Puerto de La Torre (Distrito nº10). incluidas las zonas verdes de los Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Permanente y edificios oficiales municipales ubicados dentro de esos distritos. Se puede consultar el ámbito de actuación del lote en el plano publicado. Empresa Adjudicataria: RAGA MEDIOAMBIENTE

 

Línea de atención al usuario para notificación de incidencias: 900 – 100806.

  • LOTE Nº5: Parques forestales y  periurbanos de la Ciudad de Málaga.  Empresa Adjudicataria: PERICA, OBRAS Y SERVICIOS, S.A.

 

Línea de atención al usuario para notificación de incidencias: 010  (951-926010).

  • LOTE Nº6: Inspección, limpieza, mantenimiento (preventivo y correctivo), restauración y sustitución de los elementos instalados en la totalidad de las áreas de juegos infantiles y los elementos biosaludables ubicados en zonas públicas de competencia municipal. Empresa adjudicataria: CONTENUR.

 

Línea de atención al usuario para notificación de incidencias: 010  (951-926010).

  • LOTE Nº7:  Prestación de asistencia técnica en la realización de auditorías de inspección y trabajos de mejora en las infraestructuras hidráulicas para el suministro de agua no potable. Empresa Adjudicataria: NAXFOR, INGENIERIA E INFRAESTRUCTURAS, S.L.

 

Este lote no tiene línea de atención al usuario, presta asistencia técnica al resto de lotes.