Protección ambiental
El Servicio de Control de la Contaminación y Economía Circular del Ayuntamiento de Málaga tiene entre sus competencias las siguientes actuaciones relativas a la Protección Ambiental:
- Tramitación de los expedientes de los instrumentos de Prevención Ambiental según la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía y que en función de la actuación que fija el Anexo I de esta Ley puede ser de las siguientes formas:
- Licencia Ambiental.
- Declaración Responsable a los Efectos Ambientales.
- Apoyo técnico a los servicios jurídicos del Área de Sostenibilidad Medioambiental en la tramitación de denuncias y expedientes sancionadores en el ámbito de ruidos, humos y olores
- Informes técnicos en aquellos eventos que requieran un especial análisis acústico por su repercusión en la ciudad.
Véase INFORMACIÓN PÚBLICA
PINCHE EL ENLACE: Véase INFORMACIÓN PÚBLICA
Art. 92.3, Ley 2/2026 de 12 marzo: la Solicitud de Licencia Ambiental, junto a la documentación que le acompañe, se someterá al trámite de INFORMACIÓN PÚBLICA durante un periodo de veinte días hábiles, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal del correspondiente ayuntamiento. Además, se publicará en el TABLÓN DE EDICTOS del Ayuntamiento en cuyo término municipal se pretenda desarrollar la actuación y se realizará notificación personal a las personas colindantes de la ubicación en la que se pretenda implantar.