Preguntas Frecuentes
El Centro Zoosanitario Municipal es una dependencia del Ayuntamiento de Málaga y perteneciente al Área de Sostenibilidad Medioambiental que se encarga de recoger aquellos animales que han sido abandonados por sus propietarios o bien aquellos que no tienen dueños o están perdidos. De esta forma evitamos la presencia de perros y gatos vagabundos en las calles de nuestra ciudad. Pero también se hace cargo de aquellos animales que son entregados por sus propietarios porque por diferentes motivos no los puedan tener. En definitiva es un lugar de acogida. Por ello, el Centro Zoosanitario dispone de numerosos animales que son ofrecidos en adopción para que los ciudadanos que quieran tener una mascota puedan tenerla. Estos animales pueden verse tanto en el Centro como en nuestra Web. También existe servicio de residencia canina.
Pero otra importante función es la de realizar campañas de formación y divulgación para intentar evitar el abandono de animales, campañas para fomentar la adopción de animales en el Centro, para la recogida de excrementos de la vía pública y en definitiva para que la convivencia con nuestras mascotas sea lo mejor posible para ellas, para nosotros y para el resto de los ciudadanos.
Por ello contamos con unas dependencias de reciente construcción para dar cabida a todos estos animales de una forma cómoda, limpia y saludable.
Una mascota es un ser vivo que utilizamos con el fin principal de obtener compañía además de otras funciones como pueden ser la de protección, etc. Esta compañía ha de ser mutua y no sólo en los momentos que nos apetezca. Además no podemos olvidar que también tienen una serie de necesidades que debemos proporcionarles, así como una serie de derechos que tenemos que respetar. Existe una Declaración Universal de Derechos de los Animales, leyes de protección de los animales y demás legislación cuyo incumplimiento puede ser duramente sancionable.
Es muy importante tener muy claro antes de adquirir una mascota si estamos preparados para proporcionarles lo que necesitan. Debemos recordar que la mascota va a dar alegrías pero también exige parte de tu tiempo, así como una serie de cuidados. La mascota estará muchos años con nosotros e, igualmente, generará un gasto. No todas las mascotas pueden vivir correctamente en los hogares. Es importante asesorarse acerca de las razas y carácter de éstas. Tu mascota no es un juguete, sino un ser vivo que tiene sus derechos.
Como cualquier ser vivo, hay unas necesidades básicas que tienen que tener cubiertas para lograr una situación de bienestar y salud. Hemos de tener en cuenta que nuestras mascotas son animales domésticos y por ello dependen por completo de nosotros y que, en el momento que las adquirimos, tenemos que hacernos responsables de mantener todas esas necesidades bien cubiertas. Existen mascotas que exigen más tiempo y cuidados que otras, de ahí la importancia de una buena elección. Hay que tener en cuenta que los perros deben ser alimentados de forma correcta, no con comida de casa ni sobras y tener agua fresca a su libre disposición todo el día. Son necesarios un mínimo de tres paseos diarios, siempre con correa y en caso necesario u obligatorio, con bozal. No olvidar las bolsas para la recogida de excrementos, debemos mantener limpias las calles de nuestra ciudad.
Dependiendo de la raza y edad del animal puede llegar a requerir gran ejercicio así como juego. Es fundamental para controlar el número de animales que las mascotas sean esterilizadas. Además de esta forma disminuiremos el riesgo de graves enfermedades en el futuro tanto en animales machos como en hembras.
En cuanto a los cuidados higienico-sanitarios es básico que el animal esté limpio y aseado siguiendo las recomendaciones del veterinario. Será éste quien indique el plan vacunal a seguir en función de su edad. Es de gran importancia inmunizar al animal frente a enfermedades tan peligrosas para los perros como el parvovirus, el moquillo, la hepatitis, la leptospirosis, la traqueobronquitis y, por supuesto la rabia, que además es obligatoria. No debemos olvidar la desparasitación tanto interna (lombrices intestinales) como externa (pulgas, garrapatas, mosquitos…).
Ante cualquier síntoma de enfermedad o accidente debemos visitar a nuestro veterinario.
Según la Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, todo poseedor y/o propietario de un animal tiene, respecto del mismo, las siguientes obligaciones:
- Mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, realizando cualquier tratamiento que sea obligatorio, además de los curativos o preventivos oportunos, suministrándole la atención y asistencia veterinaria necesaria.
- Mantener en condiciones de alojamiento, habitabilidad, seguridad y bienestar adecuados a su raza o especie.
- Proporcionarles agua potable y alimentación suficiente y equilibrada para mantener un estado adecuado de nutrición y salud.
- Someter el alojamiento a una limpieza periódica con retirada de los excrementos y desinfección y desinsectación cuando sea necesario.
- Evitar que el animal agreda o cause cualquier incomodidad y molestia a las personas y a otros animales o produzcan daños en bienes ajenos.
- Proteger al animal de cualquier posible agresión o molestia que le puedan causar otros animales o personas.
- Obtener las autorizaciones, permisos o licencias necesarias, en cada caso, para estar en posesión del animal del que se trate.
- Efectuar la inscripción del animal en los registros y censos que en cada caso correspondan, así como portar las identificaciones que se determinen, según lo dispuesto en esta ordenanza y en la normativa vigente.
No. Según la Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, está prohibido practicarles mutilaciones con fines exclusivamente estéticos o sin utilidad alguna salvo las practicadas por veterinarios en caso de necesidad. Es considerada como infracción muy grave, con una sanción de 2.001 a 30.000 euros de multa, además de la incautación del animal o animales, así como la prohibición de tenencia de animales por un periodo máximo de hasta cuatro años.
Además, según el artículo 10 del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía, de 11 de octubre de 2017, se prohibirán las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal de compañía o conseguir otros fines no curativos y, en particular: el corte de la cola, de las orejas, la sección de cuerdas vocales y la extirpación de uñas y dientes.
Según la Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, queda prohibido el suministro de alimentos a animales vagabundos o abandonados, así como a cualquier otro cuando de ello puedan derivarse molestias, daños o focos de insalubridad.
La identificación de nuestras mascotas no es opcional, sino que la ley nos obliga. Existen métodos de identificación seguros, permanentes y prácticamente indoloros. Frente al sistema de tatuaje de cara interna de la oreja, actualmente el sistema de identificación es el electrónico o microchip. Actualmente se utiliza el sistema de identificación electrónico o microchip, que se trata de un dispositivo poco más grande que un grano de arroz que se inyecta bajo la piel, normalmente en el lateral izquierdo del cuello o entre las escapulas y que contiene un código numérico. Este número de microchip está asociado a nuestros datos personales de forma que, en caso de pérdida o robo del animal, es posible tras su recuperación por parte de los servicios de rescate de animales abandonados, policía o particulares, saber y, por tanto, localizar a sus propietarios. Hay para ello un registro autonómico que se denomina Registro Andaluz de Identificación Animal.
Nuestras mascotas deben estar identificadas antes de cumplir los tres meses de edad o en el plazo de un mes desde la adquisición. En caso de no cumplir con esta ley seremos sancionados.
Según el artículo 20 de la Ordenanza Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, los propietarios de los perros que residan en el municipio de Málaga deberán someter a sus mascotas a una extracción de sangre, realizada por un veterinario identificador, con la intención de obtener una muestra de ADN y así determinar el genotipo del animal, por cualquier laboratorio autorizado. Como confirmación del efectivo registro del perro en dicho censo canino municipal, su propietario recibirá una chapa identificativa numerada que el animal deberá portar visiblemente en el collar, siempre que este se halle en la vía pública. Igualmente, se hará entrega de un carnet que podrá portar el propietario o tenedor como justificación de la inscripción en el citado censo.
Quedan exceptuados de tal obligación los perros alojados en el Centro Zoosanitario Municipal, así como en otros refugios de animales, hasta que sean concedidos o entregados en adopción o acogimiento.
La Ley 11/2003 de noviembre de Protección de los Animales surgió con el objetivo de regular las condiciones de protección y bienestar de los animales que viven bajo la posesión de los seres humanos y más en particular los animales de compañía. Esta Ley establece unas obligaciones para los propietarios:
- Mantenerlo en buenas condiciones higienico-sanitarias.
- Proporcionarle alojamiento adecuado.
- Facilitarle la alimentación necesaria.
- Cuidar al animal de agresiones, peligros y molestias.
- Evitar que agreda a otras personas o animales.
- Denunciar la pérdida del animal.
También se desarrollan una larga lista de prohibiciones como abandonarlos, maltratarlos, mantenerlos permanentemente encerrados atados, las peleas de perros, etc. Otro de los artículos a destacar es aquel que regula la circulación por espacios públicos, los perros deben ir acompañados con sus propietarios siempre con correa e identificados. Además los mayores de 20 kg. deben llevar bozal.
El Decreto 42/2008 de 12 de febrero para la regulación de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos establece las normas y prohibiciones para la tenencia de estos animales. Se consideran animales potencialmente peligrosos los que siendo fauna salvaje se emplean como animales de compañía pero tiene capacidad de poner en peligro la integridad de personas, otros animales o en los bienes. Además se consideran animales potencialmente peligrosos una serie de razas de perros así como sus cruces.
Dichas razas son:
- Pitt Bull Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Pottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
- Doberman
Para la tenencia de estos animales es necesarios tener una licencia especial que otorgará el Ayuntamiento para inscribirlo en un Registro de Animales Potencialmente Peligrosos del municipio y tener un seguro de responsabilidad civil por un importe de 175.000 euros..
Para obtener la licencia se presentará la correspondiente solicitud en modelo oficial acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Acreditación de ser mayor de edad, mostrando el D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
- Carecer de los antecedentes penales establecidos en el Decreto 43/2008 (Certificado tramitado de oficio por el Ayuntamiento).
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
- Informe expedido por la compañía aseguradora. Copia de informe del seguro animal.
Justificante de pago del seguro de responsabilidad civil (Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, artículo 22), pudiendo acceder al:
Para inscribir a los animales potencialmente peligrosos se presentará la correspondiente solicitud en modelo oficial acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- -Acreditación de estar en posesión de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos en el caso de haberla obtenido en otro municipio.
- -Acreditación de la cartilla sanitaria del animal actualizada.
- -Acreditación de la identificación animal mediante microchip.
- -Certificado, en su caso, de esterilización del animal.
- -Certificación de cumplimiento de los requisitos relativos a las medidas de seguridad en instalaciones o zonas privadas, establecidas en las Ordenanzas Municipales, pudiendo acceder al:
Los perros tienen una gran polivalencia en cuanto a utilidades se refiere, quizás la más extendida sea simplemente la de darnos compañía, pero sus capacidades pueden llegar mucho más allá. Los perros han sido usados a lo largo de la historia con tres fines básicos que son la compañía, a caza y la guarda, pero hoy en día la utilidad de éstos va mucho más allá.
Quizás el ejemplo más común de perro altamente especializado es el de perro lazarillo, que son adiestrados para ayudar a las personas con déficit visual, estos además tienen una ley (ley de perros guía) que les permite la entrada a medios de transporte y lugares donde no pueden entrar el resto de los perros.
Pero existen otras muchas utilidades, entre estas tenemos a los perros de la policía y guardia civil, dedicados a la detección de droga así como de explosivos. Son también muy importantes por su trabajo los perros de búsqueda y rescate utilizados por los bomberos para localizar personas en casos de desastres.
Actualmente los perros de deporte están teniendo un gran interés. Hay distintos tipos de competiciones tales como el agility, RCI, Mondioring, etc. Son perros con unas cualidades especiales para el deporte, seleccionados dentro de su raza para lograr un mayor desarrollo de sus aptitudes.
Vivimos en una sociedad avanzada en la que las mascotas han pasado a tener un papel relevante en nuestro entorno familiar. Es por ello que debemos tener en cuenta que los animales no aprenden solos y que somos nosotros los encargados de educarlos. Una mascota va a convivir con otras mascotas y personas a las que no puede incomodar.
Los animales de compañía que viajen en coches particulares deberán ocupar un lugar en el mismo alejado del conductor de forma que no pueda obstaculizar en ningún momento la maniobrabilidad, ni la visibilidad en la conducción, ni poner en peligro la seguridad.
En primer lugar, porque así no tendrás que comprarlo. Pagar por tener una mascota no es hoy en día necesario. Aquí se puede encontrar tanto perros como gatos de todos los tamaños y edades.Los animales que salen en adopción salen identificados y vacunados. A los animales se les realiza un estudio de su comportamiento y se los valora para tener a vuestra disposición un estudio con sus características etológicas (de comportamiento) para que sepáis antes de adoptarlo si el animal se adaptará bien a vosotros y a vuestro tipo de vivienda. Además estaréis colaborando dándole un hogar digno a animales que han sido cruelmente abandonados por sus propietarios y merecen una segunda oportunidad. Ellos os lo agradecerán toda la vida.
Los animales que se encuentren abandonados o perdidos, es decir aquellos que no lleven alguna acreditación que lo identifique ni vayan acompañados de persona alguna, serán recogidos y trasladados al Centro Zoosanitario Municipal. Los propietarios tendrán 10 días para recuperarlos. Telf.: 951 929 490 (Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, artículo 27).
En el caso de las palomas, gaviotas y cotorras heridas, ninguna Administración tiene la obligación de prestar un servicio de recogida de estos animales, no obstante, puede entregarse en el Centro Zoosanitario Municipal o bien en la Sociedad Protectora de Animales.
Por razones de salud pública y protección del medio ambiente urbano, se prohíbe el suministro de alimentos a animales vagabundos o abandonados y a cualquier otro, en especial a las palomas urbanas, en los espacios públicos, así como en cualesquiera otros lugares, tales como solares o inmuebles, cuando, en este último caso, pudiera convertir los mismos en focos de insalubridad o generar suciedad o molestias. (Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad de Málaga, artículo 19).
Tendrán la consideración de centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los animales de compañía, los albergues, clínicas y hospitales veterinarios, residencias, criaderos, centros de adiestramiento, establecimientos de venta, refugios para animales abandonados y perdidos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros de estética y cualesquiera otros que cumplan análogas funciones. Requisitos: Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales, B.O.P. 12 de abril de 2017, artículo 32 en adelante.
En situaciones de insalubridad por presencia de plagas que afecten a la salud pública en solares que sean de propiedad privada se deberá presentar denuncia por escrito. (Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización Sanitaria y Ordenanza Municipal de Conservación e Inspección Técnica de Edificación), pudiendo acceder al:
Los tratamientos se realizan solamente en presencia de plagas que afecten a la salud pública (ratas, ratones, cucarachas, pulgas, garrapatas, moscas, mosquitos, abejas, avispas, etc.) y sólo en vía pública, dependencias municipales y solares municipales. Para espacios privados se deberá presentar denuncia por escrito y se entregará la misma en ventanilla. Las peticiones se realizarán llamando al teléfono 900 900 000 o podrán dirigirse a través del buzón genérico: vigilancia.sanitaria@malaga.eu