Vacunación Antirrábica
En la ley 11/2003, 24 noviembre, de protección de animales, se determina que la vacunación antirrábica será obligatoria para todos los perros, gatos y hurones. La periodicidad se encuentra reflejada en la orden 19 abril de 2010 de Andalucía, y es la siguiente:
Será obligatoria la vacunación antirrábica de los perros, gatos y hurones debiéndose efectuar la primera vacunación a partir de los tres meses de edad de los animales. Igualmente deberán ser revacunados a los treinta días posteriores a la primera. Anualmente deberá realizarse una revacunación.
Cabe destacar que en cada comunidad autónoma dentro de España la pauta de vacunación es diferente. No obstante, si se encuentra en Andalucía con su mascota, tiene la obligatoriedad de vacunar a su mascota UNA VEZ AL AÑO.